| Tiempo de Lectura: 3 minutos | Inmigración
suspensión de expulsión

La suspensión de expulsión es una forma de alivio migratorio que impide que el gobierno deporte a una persona a un país donde su vida o libertad enfrentan amenazas debido a su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular u opinión política. Si usted califica, el juez de inmigración debe otorgar la suspensión de expulsión, lo que le permite permanecer en EE. UU. y trabajar legalmente.

Si enfrenta una deportación en Carolina del Norte y teme regresar a su país de origen, la ayuda legal adecuada puede cambiar su futuro. En EMP Law, representamos a personas en procesos de expulsión en todo Carolina del Norte. Nuestros abogados de inmigración preparan cada caso minuciosamente, presentan argumentos legales estratégicos y guían a los clientes con compasión desde la primera consulta hasta la decisión final. Luchamos para proteger su seguridad y su derecho a permanecer en los Estados Unidos.

¿Qué es la suspensión de expulsión?

Según la ley de inmigración de EE. UU., la suspensión de expulsión impide que el gobierno deporte a no ciudadanos a un país específico donde correrían peligro su vida o su libertad. Le permite vivir y trabajar en EE. UU., pero no ofrece un camino hacia la residencia permanente (green card) ni la ciudadanía. La suspensión de expulsión tampoco impide que el gobierno lo envíe a un tercer país. 

¿Cuándo puede solicitar la suspensión de expulsión?

Cuando el gobierno lo somete a un proceso de expulsión (deportación), le entregan un aviso de comparecencia (NTA). Ese NTA inicia el proceso ante el tribunal de inmigración. 

Luego, usted tiene una audiencia de calendario maestro para programar y para informar al juez de inmigración y al abogado del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) si está alegando alguna defensa contra la deportación y, de ser así, cuál. En ese momento, puede solicitar la suspensión de expulsión. 

Requisitos para la suspensión de expulsión

La suspensión de expulsión Los requisitos incluyen que usted debe:

  • Demostrar que es más probable que no que enfrentará persecución en su país de origen;
  • Probar que la amenaza existe debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular; y
  • No haber cometido ningún delito que lo descalifique.

Por lo general, usted tiene que testificar en el tribunal sobre su temor a regresar y responder preguntas del juez y del abogado del gobierno.

Cómo solicitar la suspensión de expulsión

Usted solicita la suspensión de expulsión completando el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Expulsión, y presentándolo ante su juez de inmigración. Junto con su solicitud, usted presenta pruebas que demuestren que califica, tales como:

  • Una declaración personal que describa sus experiencias en el país y por qué teme regresar,
  • Informes policiales, 
  • Registros médicos, 
  • Declaraciones juradas de testigos, y 
  • Informes sobre las condiciones del país.

Usted solicita la suspensión en el mismo formulario que usa para el asilo, lo que significa que normalmente solicita ambos al mismo tiempo. Puede marcar una casilla en la parte superior de la solicitud indicando que también está solicitando la suspensión en virtud de la Convención Internacional contra la Tortura (CAT). 

La protección bajo la CAT impide que el gobierno de EE. UU. lo envíe a un país donde probablemente enfrentaría tortura. A diferencia de la suspensión estándar, la CAT no requiere que la amenaza se base en raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social. Los jueces de inmigración deben conceder la suspensión bajo la CAT si usted prueba que es más probable que no que funcionarios o personas que el gobierno no puede controlar lo torturarán si regresa. 

Diferencia entre asilo y suspensión de expulsión

La principal diferencia entre el asilo y la suspensión de expulsión es que usted puede calificar para la suspensión incluso si no cumple con los requisitos del asilo, pero la suspensión ofrece menos beneficios. 

En resumen, las diferencias principales incluyen:

AsiloSuspensión de expulsión
Estándar de prueba Una posibilidad razonable de persecución.Más del 50 % de probabilidad de persecución.
BeneficiosConduce a la residencia permanente (green card) y la ciudadanía. Detiene la deportación y le permite trabajar legalmente.
DiscreciónLos jueces pueden negar el asilo incluso si usted califica. Los jueces deben conceder la suspensión si usted cumple con el estándar legal.
Límites de elegibilidadSujeto a un plazo de presentación de un año.No está restringido al plazo de un año del asilo.
Opciones para familiaresPuede patrocinar a familiares para la residencia permanente (green card) con base en el asilo.Los familiares deben solicitar por separado.

Beneficios de la suspensión de expulsión

Los beneficios de la suspensión de expulsión aún incluyen:

  • Protección contra la deportación a un país peligroso,
  • El derecho a permanecer legalmente en EE. UU., y
  • Elegibilidad para solicitar autorización de trabajo.

Para muchos, estas protecciones salvan vidas.

Protegiendo su futuro en los Estados Unidos

Si enfrenta una posible deportación y teme regresar a su país, la suspensión de expulsión podría ayudar. En EMP Law, sabemos lo que se requiere para cumplir con el alto estándar legal en casos de asilo y suspensión y tenemos experiencia con casos complicados, incluidos casos que involucran antecedentes penales. Contáctenos hoy para obtener más información.

Foto del autor

Helen cree en proporcionar una representación cuidadosa, reflexiva y completa para cada persona.

En particular, Helen se centra en ayudar a las personas a navegar por el laberinto de normas, procedimientos y procesos creados por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos y a quienes se enfrentan a cargos penales o a la deportación.

Representa a clientes que se enfrentan a cargos penales tanto en tribunales estatales como federales. Es miembro del panel de abogados de la Ley de Justicia Penal en el Distrito Medio de Carolina del Norte, y está admitida para ejercer ante los Tribunales Federales del Distrito Este, Medio y Oeste, así como en los Tribunales de Apelación del Cuarto y Undécimo Circuito.

Valora este post