
Si usted está enfrentando un proceso migratorio o ayudando a un ser querido a atravesarlo, es posible que se haya encontrado con los conceptos de órdenes de expulsión y deportación . Estos términos se usan a menudo de manera intercambiable. En la ley de inmigración de EE. UU., la expulsión es el amplio proceso legal utilizado para expulsar a no ciudadanos, reemplazando los términos más antiguos de deportación y exclusión, donde la deportación ahora se refiere a un tipo específico de orden de expulsión emitida después de un proceso judicial.
En EMP Law, ayudamos a clientes en toda Carolina del Norte a entender sus derechos, proteger a sus familias y luchar contra consecuencias migratorias injustas. Nuestros abogados de inmigración—incluyendo a Helen L. Parsonage, un litigante con amplia experiencia admitido en múltiples cortes federales y cortes de apelaciones de circuito—tienen un largo historial de éxito. Hemos enfrentado al gobierno, ganado casos a nivel federal y ayudado a nuestros clientes a permanecer en los Estados Unidos cuando las probabilidades estaban en su contra. Estamos aquí para ayudarle.
Deportación, Exclusión y Ley de Inmigración
Para responder a la pregunta: “¿Qué es la deportación?” y distinguirla de la expulsión, debemos analizar la ley de inmigración histórica de los EE. UU. Antes de 1996, la ley de inmigración de los EE. UU. distinguía entre dos procesos judiciales de inmigración legal: la deportación y la exclusión.
Ambos procesos implicaban que el gobierno de los EE. UU. alegara que un no ciudadano carecía del derecho a estar en los EE. UU. e intentara expulsarlo. Para bien o para mal, comprender las diferencias entre los procedimientos de deportación vs. expulsión requiere entender las diferencias entre la deportación y la exclusión.
¿Qué es la deportación?
La ley de inmigración establece varias circunstancias que hacen que alguien sea deportable, entre ellas:
- Estar en los EE. UU. sin estatus legal,
- Permanecer en los EE. UU. después de que venza su estatus legal válido (“estadía vencida de visa”),
- Cometer ciertos delitos penales,
- Ingresar a los EE. UU. sin estatus legal,
- Cometer fraude migratorio,
- Ser una amenaza para la seguridad nacional,
- Ayudar a no ciudadanos sin estatus a ingresar a los EE. UU., y
- Violar los términos de su estatus legal.
También puede ser deportable si se convierte en una “carga pública” dentro de los cinco años posteriores a su ingreso, lo que significa que depende de beneficios del gobierno. Varios tipos de estatus legales están exentos de ese motivo.
Características notables de los procedimientos de deportación incluyen:
- Involucrar a no ciudadanos que ya se encuentran dentro de los EE. UU.,
- Comenzar con la notificación del gobierno al no ciudadano de que considera que es deportable y por qué motivos, y
- Ofrecer al no ciudadano la oportunidad de defenderse en un tribunal de inmigración a través de múltiples audiencias judiciales.
Mientras un caso está en curso, el no ciudadano puede o no ser puesto bajo custodia y confinado en una instalación similar a una prisión.
¿Qué es la Exclusión?
La ley de inmigración también establece varias circunstancias que hacen que alguien sea excluible, o inadmisible, lo que incluye la mayoría de los motivos de deportación, así como:
- Haber violado previamente la ley de inmigración de los EE. UU.;
- Tener una orden de expulsión previa; y
- Representar una amenaza para la salud pública, como tener ciertas enfermedades contagiosas.
Los procedimientos de exclusión son notables porque:
- Se aplican a personas en la frontera u otro puerto de entrada, como un aeropuerto;
- Comienzan cuando el gobierno impide que un no ciudadano ingrese a los EE. UU.; y
- Ofrecen al no ciudadano la oportunidad de defenderse a través de un proceso acelerado.
Por lo general, el gobierno detiene a un no ciudadano en una instalación similar a una prisión mientras se llevan a cabo los procedimientos de exclusión.
La Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y de Responsabilidad del Inmigrante (IIRIRA)
En 1996, el Congreso aprobó la Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y de Responsabilidad del Inmigrante (IIRIRA), que puso fin a los procesos separados de exclusión y deportación y creó un sistema único y simplificado: los procedimientos de expulsión. Bajo este proceso unificado, todos los no ciudadanos que el gobierno alega que no tienen derecho a estar en los EE. UU., ya sea que intenten ingresar a los EE. UU. o que ya estén aquí, pasan por procedimientos de expulsión.
Expulsión vs. Deportación
La principal diferencia entre una orden de expulsión y una orden de deportación es el momento en que se emiten. Antes de 1997, la deportación y la exclusión eran procesos separados. Desde las reformas de IIRIRA, un único proceso de expulsión ha reemplazado a ambos.
Sin embargo, aún persisten ecos de las distinciones entre la exclusión y la expulsión. Conocer las distinciones históricas entre expulsión vs. deportación puede ayudarle a comprender otros aspectos de la ley de inmigración.
Expulsión expedita
El gobierno a menudo busca la expulsión acelerada cuando aprehende a no ciudadanos antes de que ingresen a los EE. UU. Este proceso todavía se asemeja a los procedimientos de exclusión del sistema anterior. Para que el gobierno utilice la expulsión acelerada, el no ciudadano generalmente no debe tener un reclamo creíble de estatus en los EE. UU. Nuestro abogado de asilo de Carolina del Norte página cubre este tema con mayor profundidad.
Deportabilidad e Inadmisibilidad
Uno de los principales vestigios del sistema anterior se encuentra dentro de la definición de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) sobre lo que justifica la expulsión de alguien: son ya sea deportable hoy. excluibles. Si bien la INA especifica que alguien que es excluible también es deportable y viceversa, conocer la diferencia entre expulsión y deportación ayuda a explicar las disposiciones de deportabilidad y excluibilidad aparentemente duplicadas en la ley.
Órdenes Anteriores a IIRIRA
Algunos no ciudadanos que pasaron por procedimientos en un tribunal de inmigración antes de 1997 todavía pueden querer solicitar beneficios migratorios. Esas personas pueden tener órdenes de deportación o exclusión en su contra anteriores a IIRIRA. Conocer la diferencia entre expulsión y deportación permite que quienes tienen órdenes de deportación o exclusión de más de 30 años entiendan esas órdenes.
Consecuencias de una Orden de Expulsión: Lo Que Realmente Sucede
Comprender la diferencia terminológica entre expulsión y deportación es importante. Pero para alguien que enfrenta o se ve afectado por una orden de expulsión, la pregunta más apremiante es: ¿qué significa esto para él de aquí en adelante?
Una orden formal de expulsión conlleva consecuencias que van mucho más allá del requisito inmediato de abandonar los Estados Unidos.
Prohibiciones obligatorias de reingreso
Cuando se ejecuta una orden de expulsión, se activa una prohibición de reingreso legal. La duración de esa prohibición depende de las circunstancias de la expulsión:
- Prohibición de 5 años: Se aplica a las órdenes de expulsión acelerada emitidas sin una audiencia judicial, o a las personas expulsadas al llegar a la frontera.
- Prohibición de 10 años: Se aplica a la mayoría de las primeras expulsiones tras procedimientos formales en un tribunal de inmigración ante un juez de inmigración.
- Prohibición de 20 años: Se aplica cuando se emite una segunda orden de expulsión o una posterior a una persona.
- Prohibición permanente: Se aplica cuando la expulsión siguió a una condena por un delito grave con agravantes, o cuando alguien reingresa o intenta reingresar a los Estados Unidos de manera ilegal después de una expulsión previa.
Estas prohibiciones no son sugerencias, son prohibiciones legales de reingreso. Una persona sujeta a una prohibición que reingresa o intenta reingresar a los Estados Unidos sin autorización enfrenta graves consecuencias migratorias y posiblemente penales. (Consulte la sección sobre reinstauración de la deportación más abajo).
Impacto en futuras solicitudes de visa
Una orden de deportación aparece en el expediente migratorio de la persona y es visible para los oficiales consulares que revisan cualquier futura solicitud de visa. Incluso después de que expira una prohibición de reingreso, la orden de deportación permanece en el expediente. Los solicitantes con una orden de deportación previa suelen enfrentar un mayor escrutinio durante las entrevistas de visa y es posible que deban solicitar una exención de inadmisibilidad antes de poder regresar legalmente.
Pérdida del estatus migratorio actual
Una orden de deportación, una vez firme, termina cualquier estatus legal que la persona tuviera, ya sea una visa, una tarjeta de residencia (green card) u otro estatus protegido. Un residente permanente legal que recibe una orden de deportación firme pierde su green card. Reingresar como residente permanente legal después de la deportación requiere comenzar el proceso migratorio desde el principio.
Reinstalación de la Expulsión: Cuándo se Usa Nuevamente una Orden Previa
Una de las consecuencias más significativas y menos comprendidas de una orden de deportación es un proceso llamado reinstauración de la deportación.
Según la ley federal de inmigración (8 U.S.C. § 1231(a)(5)), si una persona que fue deportada previamente reingresa a los Estados Unidos sin autorización, las autoridades migratorias pueden reinstaurar la orden de deportación original sin ninguna nueva audiencia en la corte de inmigración. La persona simplemente es deportada de nuevo bajo la orden anterior.
Datos clave sobre la reinstauración:
- Se aplica tanto a las órdenes de deportación anteriores a 1997 como a las órdenes de deportación modernas
- Un oficial de inmigración, no un juez, determina si aplica la reinstauración
- La persona no tiene derecho a una audiencia ante un juez de inmigración en los procedimientos de reinstauración
- Por lo general, no hay posibilidad de solicitar la mayoría de las formas de alivio migratorio cuando se enfrenta a una reinstauración
- La única excepción significativa: una persona sujeta a reinstauración que expresa temor de persecución o tortura tiene derecho a una entrevista de “temor razonable” con un oficial de asilo, y si la aprueba, a una audiencia limitada ante un juez de inmigración
Esto significa que una orden de deportación no simplemente desaparece después de que la persona abandona los Estados Unidos. Permanece en su expediente y puede usarse en su contra si regresa sin pasar por los canales legales adecuados.
Esto es directamente relevante para cualquier persona con una orden de deportación o exclusión anterior a 1997: esas órdenes pueden reinstaurarse bajo el mismo proceso utilizado para las órdenes de deportación modernas.
Salida Voluntaria vs. una Orden Formal de Expulsión
No todas las personas que enfrentan procedimientos de deportación reciben una orden de deportación formal. En algunos casos, se le puede otorgar a una persona la salida voluntaria permiso para abandonar los Estados Unidos por su cuenta, dentro de un período establecido, en lugar de ser deportada formalmente.
La distinción entre la salida voluntaria y una orden de deportación formal es significativa:
Salida voluntaria:
- No crea un registro formal de deportación de la misma manera que lo hace una orden de deportación
- No activa automáticamente las prohibiciones de reingreso de varios años asociadas con la deportación formal
- No aparece en la pregunta de la solicitud de visa que pregunta si alguna vez ha sido “removido o deportado”
- Permite que la persona se vaya con menos perturbación a sus futuras opciones migratorias, aunque los fundamentos subyacentes de deportabilidad (como la presencia ilegal) permanecen en el expediente y pueden afectar futuras solicitudes
Orden de deportación formal:
- Crea un registro permanente de cumplimiento de la ley visible para las autoridades migratorias y los oficiales consulares
- Activa prohibiciones de reingreso obligatorias que van desde 5 años hasta permanentes, dependiendo de las circunstancias
- Debe divulgarse en futuras solicitudes de visa y formularios migratorios
- Puede reinstaurarse si la persona reingresa sin autorización
La salida voluntaria no está disponible para todos; depende de factores que incluyen el historial migratorio de la persona, la base de los procedimientos de deportación y si la persona puede demostrar la intención y la capacidad de salir. La decisión entre aceptar la salida voluntaria y impugnar los procedimientos de deportación conlleva consecuencias a largo plazo y es una de las decisiones más significativas que una persona en procedimientos de deportación puede enfrentar.
Opciones Después de que se Emite una Orden de Expulsión
Una orden de deportación no es necesariamente firme en el momento en que se emite. Pueden estar disponibles varias opciones procesales dependiendo de la etapa del caso y los hechos específicos.
Apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA)
Si un juez de inmigración emite una orden de deportación, la persona generalmente tiene 30 días para presentar un Aviso de Apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. Presentar una apelación a tiempo normalmente suspende (pausa) la orden de deportación mientras la apelación está pendiente, lo que significa que ICE no puede llevar a cabo la deportación durante ese tiempo.
La BIA revisa las decisiones de los jueces de inmigración y puede confirmar, revertir o devolver el caso. Revisa el expediente de la corte de inmigración en lugar de escuchar testimonio en vivo.
Moción para Reabrir
Una moción para reabrir le pide a la corte de inmigración o a la BIA que reabra un caso basándose en nuevos hechos o pruebas que no estaban disponibles en el momento de la audiencia original. El plazo general para presentar una moción para reabrir es de 90 días después de la orden final de expulsión. Existen excepciones a este plazo, incluyendo los casos en que se ordenó la expulsión de la persona en ausencia (sin comparecer) y puede demostrar que no recibió la debida notificación.
Una moción para reabrir el caso puede ser una herramienta fundamental cuando surgen nuevas circunstancias, como un cambio en las condiciones del país, una petición familiar pendiente o pruebas que no estaban disponibles en la audiencia original.
Moción para Reconsiderar
Una moción para reconsiderar argumenta que el juez de inmigración o la BIA cometió un error legal o fáctico en la decisión original. A diferencia de una moción para reabrir, no presenta nuevas pruebas, sino que argumenta que el expediente existente se decidió incorrectamente.
Suspensión de la Expulsión
Una suspensión de la expulsión es una orden judicial que impide temporalmente que ICE ejecute una orden de expulsión mientras los procedimientos legales están pendientes. Se puede solicitar una suspensión ante la corte de inmigración, la BIA o una corte federal de circuito. Presentar una apelación ante la BIA generalmente resulta en una suspensión automática mientras la apelación está pendiente. Una apelación ante una corte federal de circuito no suspende automáticamente la expulsión; se debe presentar una moción de suspensión por separado.
Revisión en Corte Federal
Después de que la BIA emite una decisión, es posible solicitar una revisión adicional presentando una Petición de Revisión ante la corte federal de circuito correspondiente. Para los casos de expulsión que surgen de Carolina del Norte, esa es la Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito. Una Petición de Revisión debe presentarse dentro de 30 días de la decisión de la BIA. La revisión en corte federal no suspende automáticamente la expulsión; se debe presentar una moción de suspensión por separado ante la corte.
Nota importante sobre los plazos: Todas estas opciones están sujetas a plazos. No cumplir con un plazo, en particular el período de 30 días para apelar ante la BIA, puede hacer que la orden de expulsión se vuelva final y ejecutable, con opciones muy limitadas restantes. Actuar con prontitud es esencial.
Preguntas Frecuentes
¿Cuál es la diferencia práctica entre una orden de expulsión y una orden de deportación en la actualidad?
En la ley de inmigración actual, los términos son funcionalmente equivalentes: ambos describen la orden legal que exige que un no ciudadano abandone los Estados Unidos. La diferencia es histórica: la “orden de deportación” se refiere a órdenes emitidas bajo el sistema anterior a 1997, mientras que “orden de expulsión” es el término utilizado bajo el proceso unificado establecido por IIRIRA. Ambos tipos de órdenes conllevan consecuencias graves y ambas pueden reinstaurarse si una persona vuelve a ingresar a los Estados Unidos sin autorización.
¿Por cuánto tiempo una orden de expulsión me impide regresar a los Estados Unidos?
Depende de las circunstancias de la expulsión. Para la mayoría de las primeras órdenes formales de expulsión emitidas por un juez de inmigración, el resultado es una prohibición de reingreso de 10 años. Una orden de expulsión expedita —o una orden de expulsión emitida a una persona que llega a la frontera— generalmente conlleva una prohibición de 5 años. Una segunda orden de expulsión o una orden posterior genera una prohibición de 20 años. Por último, una orden de expulsión que siguió a una condena por un delito grave con agravantes resulta en una prohibición permanente.
¿Qué sucede si vuelvo a ingresar a los EE. UU. después de una orden de expulsión o deportación?
Si una persona con una orden de expulsión previa vuelve a ingresar a los Estados Unidos sin autorización, las autoridades de inmigración pueden reinstaurar la orden de expulsión original sin una nueva audiencia ante un juez de inmigración. Este proceso, llamado reinstauración de la expulsión, es una de las consecuencias más graves de tener una orden previa en el expediente. Elimina la posibilidad de comparecer nuevamente ante un juez de inmigración en la mayoría de las circunstancias y resulta en la expulsión bajo la orden original.
¿Puede cancelarse o revertirse una orden de expulsión?
Una orden de expulsión puede potencialmente impugnarse o reabrirse mediante el proceso de apelación y moción descrito anteriormente, pero solo dentro de plazos específicos y bajo circunstancias específicas. Una vez que una orden de expulsión se vuelve final (porque se han agotado todos los derechos de apelación o han vencido los plazos), las opciones se vuelven significativamente más limitadas. Que quede algún recurso disponible depende enteramente de los hechos específicos del caso.
¿Una orden de deportación anterior a 1997 todavía me afecta hoy?
Sí. Las órdenes de deportación y exclusión anteriores a 1997 permanecen en el expediente de inmigración de una persona y aún pueden afectar la elegibilidad para beneficios de inmigración, solicitudes de visa y el reingreso. También pueden reinstaurarse bajo el mismo proceso utilizado para las órdenes de expulsión modernas. Si tiene una orden de hace décadas y ahora está tratando de obtener beneficios de inmigración, es importante comprender cómo se trata esa orden bajo la ley actual.
¿Cuál es la diferencia entre la salida voluntaria y una orden de expulsión?
La salida voluntaria permite que una persona abandone los Estados Unidos por su cuenta sin que se registre una orden formal de expulsión. No genera las mismas prohibiciones obligatorias de reingreso y no aparece en los formularios de inmigración que preguntan si usted ha sido “expulsado o deportado”. Una orden formal de expulsión, en cambio, crea un registro permanente de cumplimiento, genera prohibiciones de reingreso y puede reinstaurarse. No todos son elegibles para la salida voluntaria; la elegibilidad depende de los hechos específicos del caso.
En EMP Law, estamos comprometidos a ayudar a personas y familias a defenderse contra consecuencias de inmigración injustas. Ya sea que esté enfrentando una expulsión, buscando la liberación de la detención o esperando impugnar una orden del pasado, comuníquese hoy con EMP Law para programar una consulta. Podemos ayudarle a comprender sus derechos y construir un camino hacia adelante.
