
Entrar o permanecer en los Estados Unidos sin permiso del gobierno viola la ley de inmigración de EE. UU. y por lo general resulta en la pérdida de su derecho a beneficios migratorios.
Esta regla puede perjudicar gravemente a muchos no ciudadanos que de otro modo calificarían para obtener el estatus de residente permanente legal (LPR).
Si usted pertenece a esta categoría, es posible que pueda convencer a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) de que exonere su inelegibilidad a través del Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal.
Las exenciones provisionales por presencia ilegal dependen de convencer a USCIS no solo de que puede concederle una exención, sino de que debe concederle la exención. Contratar a un abogado de inmigración con experiencia puede marcar toda la diferencia para obtener su exención.
La Ley de equipo de inmigración de EMP Law no le teme a los desafíos. Póngase en contacto con nosotros en línea o llame al (336) 724-2828 hoy mismo si necesita ayuda para solicitar una exención provisional por presencia ilegal.
¿Qué es la presencia ilegal?
Al ingresar a EE. UU. sin presentarse ante las autoridades estadounidenses (entrada sin inspección o EWI), usted pasa a tener presencia ilegal. También adquiere presencia ilegal si permanece en EE. UU. después de que expire su estadía autorizada.
Usted acumula presencia ilegal con el tiempo. Cada día que permanece dentro de las fronteras de EE. UU. sin autorización legal se suma para determinar el tiempo que estuvo en presencia ilegal.
Para calificar para una Green Card, usted no debe ser inaadmisible hoy. deportable. Acumular presencia ilegal por vivir en EE. UU. sin inspección lo hace inadmisible. Acumular presencia ilegal por permanecer en EE. UU. después de violar los términos de una visa de no inmigrante o después de que su visa de no inmigrante expire lo hace deportable.
¿Cuáles son las consecuencias de la presencia ilegal?
Si usted acumula presencia ilegal, las consecuencias dependen de cuánto tiempo estuvo en presencia ilegal:
- Entre 1 y 179 días: no hay prohibición de reingreso;
- Entre 180 días y 365 días: recibiría una prohibición de reingreso de 3 años; y
- Un año o más: recibiría una prohibición de reingreso de 10 años.
Si usted tiene una prohibición, necesita que USCIS exonere su presencia ilegal antes de ser elegible para una Green Card.
¿Qué es una exención por presencia ilegal?
Cuando USCIS concede una exención por presencia ilegal, declara que la presencia ilegal que usted ya ha acumulado deja de contar en su contra. Solo debe solicitar una exención I-601A si se encuentra dentro de las fronteras de EE. UU. Si está fuera de EE. UU., en su lugar debe usar el Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causales de Inadmisibilidad.
¿Cómo calificar para una exención provisional por presencia ilegal?
Es posible que sea elegible para una exención provisional si:
- Tiene un familiar que califica que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR);
- USCIS ha aprobado una petición de visa de inmigrante a su nombre;
- Su familiar que califica sufrirá dificultad extrema sin usted;
- Su caso justifica una aprobación discrecional; y
- Está en proceso de obtener una tarjeta verde (green card) a través del Consulado o la Embajada de los EE. UU.;
Si actualmente se encuentra en un proceso de deportación, solo califica para una exención si el juez cierra administrativamente dicho proceso.
Familiar que califica
Los familiares calificados incluyen cónyuges y padres que sean residentes permanentes legales (LPR) o ciudadanos estadounidenses. En otras palabras, por lo general, debe ser hijo o cónyuge de un ciudadano estadounidense o LPR para recibir una exención provisional por presencia ilegal.
Aprobación de la petición de visa de inmigrante
Antes de calificar para una exención por presencia ilegal, necesita que USCIS confirme que puede ser elegible para recibir una tarjeta verde a través de una petición de visa de inmigrante. Por lo general, su familiar calificado lo patrocina y presenta el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjeropara cumplir con este requisito.
También puede calificar para una exención con base en un Formulario I-140, Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, aprobado, o póngase en contacto con el Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial. Si su familiar calificado no es también su patrocinador para la tarjeta verde, debe presentar prueba de su ciudadanía estadounidense o estatus de LPR y de su relación con usted junto con el Formulario I-601A.
Dificultad extrema
USCIS considera varios factores para decidir si su familiar calificado sufrirá dificultades extremas, lo que incluye evaluar cómo su ausencia afectará su:
- Salud,
- Finanzas,
- Educación,
- Circunstancias personales y familiares, y
- Circunstancias sociales y culturales.
Las dificultades extremas requieren más que una simple molestia o dificultades económicas. Requieren un daño significativo y específico que resultaría si usted tuviera que salir del país.
Factores de aprobación discrecional
USCIS tiene amplia discreción para aprobar o denegar un I-601A.
Los factores que USCIS considera al ejercer su discreción incluyen los siguientes:
- Sus lazos con los EE. UU.,
- Las dificultades extremas que usted u otros puedan experimentar,
- Cuánto tiempo estuvo presente ilegalmente,
- Su historial de cumplir o no cumplir la ley,
- Violaciones migratorias más allá de la presencia ilegal, y
- Si ha estado empleado ilegalmente en los EE. UU.
Para convencer a USCIS de que ejerza su discreción, lo ideal es demostrar que usted es una persona que respeta la ley y que tiene lazos estrechos con los EE. UU.
En el proceso de obtener una Green Card
Solo debe solicitar una exención I-601A cuando esté en proceso de obtener una tarjeta verde a través del Departamento de Estado de los EE. UU. Según las instrucciones para el Formulario I-601A de USCIS, usted está en proceso de obtener una tarjeta verde cuando USCIS ha enviado su petición de visa de inmigrante aprobada al Departamento de Estado, y usted ha pagado la tarifa de procesamiento de la visa de inmigrante del Departamento de Estado. El siguiente paso es programar una entrevista en el consulado.
Programación de la entrevista
Por lo general, el Departamento de Estado le notifica cuándo es momento de pagar la tarifa de procesamiento según cuándo estará disponible una visa de inmigrante para usted. Debido a los plazos retrasados en muchos casos, puede haber un intervalo de meses o incluso años entre el momento en que USCIS aprueba su solicitud de visa de inmigrante y el momento en que usted se vuelve elegible para programar su entrevista. Consulte el boletín de visas para preguntas sobre cuánto tiempo podría tener que esperar.
Una vez que haya pagado la tarifa, puede programar su entrevista en su consulado. En la entrevista, un oficial consular revisa su caso y puede basarse en una exención del Formulario I-601A aprobada para omitir las preguntas que tengan sobre su historial de presencia ilegal.
¿Qué hacer con una exención provisional por presencia ilegal?
Cuando asista a su entrevista en el Consulado de los EE. UU., el oficial consular puede basarse en la exención provisional para evitar tener que decidir si considerar su presencia ilegal en su contra. Por lo tanto, la exención hace que obtener su tarjeta verde sea más fácil y rápido.
USCIS puede revocar su exención provisional si el proceso de visa termina o si usted comete una violación migratoria adicional. Y, aunque USCIS otorgue su solicitud I-601A, el Departamento de Estado aún puede denegarle una tarjeta verde si concluye que usted es inadmisible por cualquier otra razón.
¿Solicitando una exención por presencia ilegal? Hable con un abogado de inmigración
Es posible que tenga preguntas adicionales, como: ¿Cuánto tiempo tarda en aprobarse una exención I-601A? Los tiempos de procesamiento del Formulario I-601A de USCIS actualmente promedian más de tres años. Por lo tanto, coordinar su solicitud por sí solo puede ser un desafío.
Cada caso es único, y las circunstancias específicas determinan si usted cumple con los criterios para una exención provisional. Si tiene preguntas o necesita ayuda con este proceso, un abogado de inmigración con experiencia de EMP Law puede ayudar a evaluar su elegibilidad y brindar orientación sobre cómo preparar una solicitud de exención sólida. Llámenos al (336) 724-2828 hoy. envíenos un mensaje en línea hoy mismo para empezar.
